Sobre Fondos Mutuos
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Valores
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¿Cómo Tributan los Fondos Mutuos?
Los Fondos Mutuos tributan por el mayor valor real obtenido en los rescates realizados. Esto es, la diferencia entre el valor de rescate y el valor de aporte, corregido por IPC. Por lo tanto, mientras no se realicen rescates, no se ha generado mayor valor tributable y por ende, no se paga impuesto.

Artículo 107 de la Ley de la Renta
Este artículo de la Ley de la Renta establece que el Mayor Valor obtenido en el rescate de Fondos Mutuos no constituye renta si el Fondo Mutuo cumple con las siguientes características:
Por reglamento, al menos el 90% de la cartera del fondo se encuentra invertida en acciones con presencia bursátil.
Existe obligación de distribuir la totalidad de dividendos recibidos entre la fecha de adquisición de las cuotas y la fecha de rescate de los mismos.

Artículo 57 Bis letra A de la Ley de la Renta
Las inversiones en Fondos Mutuos pueden acogerse al beneficio tributario del artículo 57 Bis de la Ley de Renta. Éste consiste en un crédito directo contra Impuesto Global Complementario, que permite disminuir la carga impositiva. Dicho crédito corresponde a un 15% del monto proporcional invertido durante un año, con un tope que es el monto menor entre 30% de la base imponible o 65 UTA (alrededor de $25 millones). En caso de efectuar rescates, el partícipe deberá devolver el crédito, a través de un débito fiscal que corresponde al 15% del rescate proporcional sin tope.
El crédito a devolver, en caso de un rescate, no se hace exigible si se dan las siguientes condiciones:
El contribuyente solicitó crédito por ART. 57 Bis durante 4 años consecutivos (es decir, consiguió 4 años consecutivos con saldo de ahorro neto positivo).
Los rescates proporcionales anuales

La rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por este fondo, no garantiza que ella se repita en el futuro. Los valores de las cuotas de los fondos mutuos son variables. Infórmese de las características esenciales de la inversión en este fondo mutuo, las que se encuentran contenidas en su reglamento interno y contrato de suscripción de cuotas. La gestión financiera y el riesgo de este fondo mutuo no guardan relación con la de entidades bancarias o financieras del grupo empresarial al cual pertenece, ni con la desarrollada por sus agentes colocadores.